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Convocadas Ayudas a la Participación Ciudadana para Asociaciones y Entidades sin Ánimo de Lucro en 2024

El presupuesto de la convocatoria asciende a 500.000 euros, con un plazo de presentación de documentación que finaliza el 27 de junio
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Convocadas Ayudas a la Participación Ciudadana para Asociaciones y Entidades sin Ánimo de Lucro en 2024

El Ayuntamiento de Pamplona repartirá 500.000 euros entre asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que realicen proyectos o actividades en los ámbitos de la participación ciudadana, la ciudadanía activa y la articulación social en la ciudad. Hasta el 27 de junio se podrán presentar las solicitudes a esta convocatoria municipal anual. Las bases de la convocatoria se pueden consultar en el Boletín Oficial de Navarra y en la web municipal, www.pamplona.es. 

Esta convocatoria se concibe como una herramienta de apoyo y colaboración desde el ámbito municipal con asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro en el desarrollo de proyectos, actuaciones y formaciones que promuevan el desarrollo del tejido social a través de la participación ciudadana, la ciudadanía activa y la articulación social, al mismo tiempo que fomenten la igualdad de género en Pamplona. En este sentido, se entiende la participación ciudadana como las iniciativas promovidas por las asociaciones y/o entidades sin ánimo de lucro dirigidas a potenciar la implicación activa de las personas asociadas y/o voluntarias, promoviendo el desarrollo personal, grupal y comunitario, dando respuesta a problemas económicos, ambientales y sociales de su entorno y mejora de las condiciones de vida.

La convocatoria establece cuatro modalidades, según los proyectos que se presenten: fiestas de barrio, festividades populares o eventos puntuales socioculturales de carácter comunitario: Carnavales, Olentzero, Reyes, Caldereros, Día del Barrio, Día de la mujer, hogueras de San Juan, Día de la Infancia, Halloween, etc., que tengan lugar en un barrio y que estén abiertos a toda la ciudadanía y realizadas por asociaciones vecinales, coordinadoras de fiestas, asociaciones culturales con personalidad jurídica (epígrafe A), actuaciones que promueven la participación ciudadana y el trabajo en red del tejido social (epígrafe B), actuaciones que promuevan la diversidad cultural (epígrafe C) y actuaciones que promuevan la participación ciudadana y la ciudadanía actividad de las personas mayores (epígrafe D). 

El Ayuntamiento de Pamplona ha habilitado un apartado en la web municipal con los materiales de ayuda para cumplimentar la documentación requerida en la convocatoria de ayudas. Se puede acceder desde el enlace https://participa.pamplona.es/materiales-de-ayuda-subvencion-participacion-ciudadana-2024/. 

Requisitos de las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro
Cada asociación o entidad sin ánimo de lucro podrá presentar una única solicitud por epígrafe, sin que computen a tal efecto otros proyectos diferentes presentados conjuntamente con otras dos o más entidades, en cuyo caso se designará a un representante. Las asociaciones vecinales, coordinadoras culturales y comisiones de fiestas deberán presentar sus proyectos para el epígrafe A, cuando se trate de celebración de las fiestas de sus barrios; y al epígrafe B, cuando se trate de otras actividades de carácter permanente (se considera permanente cuando tengan una duración de más de tres meses).

Cada epígrafe cuenta con una cantidad máxima a repartir. Así las cosas, los 500.000 euros de la convocatoria se distribuyen en 90.000 euros para el epígrafe A, 270.000 euros para el epígrafe B, 50.000 euros para el epígrafe C y 90.000 euros para el epígrafe D. La subvención consiste en un porcentaje sobre el presupuesto solicitado y aceptado con gastos indirectos. En ningún caso superará el 75% del coste total del proyecto o actividad, debiendo la entidad aportar al menos el 25%, bien a través de fondos propios u obtenidos a través de otras subvenciones. El importe de la subvención no podrá superar los 15.000 euros. 

Las asociaciones y entidades que concurran deben ser personas jurídicas legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, carecer de ánimo de lucro, tener domicilio social en Pamplona y realizar el programa, proyecto, actividad o actuaciones subvencionadas íntegramente en el término municipal. Deben disponer de una estructura en funcionamiento que garantice el cumplimiento de los objetivos propuestos, contar con seguros de responsabilidad civil y accidentes.

Tampoco deben haber cometido delitos contra la libertad o indemnidad sexuales o de trata de seres humanos para desarrollar actividades que supongan contacto habitual con personas menores de edad. A esos requisitos se suma estar al corriente tanto del cumplimiento de las obligaciones impuestas en anteriores convocatorias de subvención a cargo de los presupuestos del Ayuntamiento como de las obligaciones de la Seguridad Social y tributarias; y cumplir con las obligaciones de transparencia exigidas por la normativa vigente. 

Gastos subvencionables
Las solicitudes se deben presentar de forma telemática, a través del trámite ‘Solicitud electrónica de subvenciones para personas jurídicas’ publicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona a través de www.pamplona.es. Las actividades y proyectos deben realizarse o haberse realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. 

Para la concesión de las ayudas, se valorarán con hasta 20 puntos aspectos relacionados con la entidad solicitante como la experiencia, la duración y alcance de las actividades programadas o el número de miembros que la constituyen. Otros 80 puntos se repartirán analizando los proyectos, la calidad técnica y su viabilidad en aspectos como su fundamentación, objetivos, adecuación y coherencia del presupuesto, indicadores de evaluación, voluntariado o perspectiva de género, entre otros.

Los gastos directos que se subvencionan tienen que ver con los recursos humanos imputables a la actividad, los gastos de materiales fungibles y publicidad, de alquiler de locales, gastos derivados de la atención a personas dependientes durante el desarrollo de la actividad o con necesidades económicas especiales, el seguro de responsabilidad civil y de accidentes para personas voluntarias o el desarrollo de aplicaciones tecnológicas o mantenimiento de la web que da apoyo a los proyectos presentados en su parte proporcional. A todo ello, se unen gastos indirectos necesarios para realizar la actividad como alquiler de local, luz, gas, agua, teléfono, limpieza o gestión administrativa.
 

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