Salud subvencionará con 2 millones de euros proyectos de prevención, promoción y mantenimiento de la salud durante 2021
Las ayudas las pueden solicitar entidades locales, fundaciones, cooperativas de iniciativa social y asociaciones sin ánimo de lucro hasta el 14 de abril
El Departamento de Salud financiará los programas e iniciativas de prevención, promoción y mantenimiento de la salud que realicen las entidades locales, fundaciones, cooperativas de iniciativa social y asociaciones sin ánimo de lucro, durante este año. El montante de la subvención asciende a 2.003.029 euros y se pueden solicitar hasta el 14 de abril.
Las ayudas, cuya convocatoria se publica hoy en el BON, se dirigen a apoyar el desarrollo de programas en ocho áreas de salud que incluyen la promoción del envejecimiento activo y saludable. En concreto, se prevén partidas para los siguientes ámbitos:
-Asociaciones de pacientes y familiares (516.000 euros): dirigidos a la mejora de sus problemas de salud, excluido VIH-SIDA o sus consecuencias con especial atención a los programas de formación y/o de autoayuda contemplados en el Plan de Salud y en la Estrategia Navarra de Atención a Pacientes con procesos crónicos y pluripatológicos.
-Programas comunitarios en relación con la infección por VIH-SIDA (129.906 euros): con especial atención a las acciones de prevención específica, realizados por asociaciones, fundaciones, cooperativas o entidades locales.
-Programas comunitarios de prevención y promoción de la salud (234.130 euros): realizados en colaboración con los servicios y recursos de su zona, excluidos los relacionados con envejecimiento activo y saludable, prevención de adicciones y VIH-SIDA, que se atenderán con cargo a sus líneas específicas.
-Planes municipales de prevención de adicciones (290.111 euros): destinados a la prevención comunitaria de las consecuencias derivadas de las adicciones con y sin sustancia, que estén realizados por municipios y/o mancomunidades.
-Programas de prevención de adicciones en el ámbito comunitario (288.000 euros): destinados a la prevención comunitaria de las consecuencias derivadas de las adicciones con y sin sustancia, que estén realizados por fundaciones, cooperativas de iniciativa social y asociaciones sin ánimo de lucro.
-Programas comunitarios de promoción de envejecimiento activo y saludable (127.882 euros).
-Promoción y educación afectivo-sexual comunitaria (176.000 euros): para el desarrollo de programas comunitarios de promoción de la salud sexual y reproductiva realizados por entidades locales, fundaciones, cooperativas de iniciativa social y asociaciones sin ánimo de lucro.
-Programas de promoción de la salud de la comunidad gitana (241.000 euros).
Gastos subvencionales
Serán subvencionables los gastos derivados de la actividad, material fungible y personal de la propia entidad beneficiaria relacionados con el proyecto o programa presentado, así como el alquiler de locales y sus gastos de funcionamiento, cuando sea alquilado con el único objeto de desarrollar la actividad y no sea compartido con otras asociaciones. En este caso, se subvencionará la parte proporcional del gasto soportado por cada entidad.
Los gastos generales de funcionamiento de la entidad (personal, mantenimiento de locales, material de oficina, etc.) se podrán imputar opcionalmente a la subvención hasta un máximo del 25 por ciento de la cantidad a justificar.
En los programas para actuaciones relativas a programas comunitarios en relación con infección por VIH-SIDA, de promoción de la salud con la comunidad gitana, y de promoción y educación afectivo-sexual comunitaria, no regirá el límite del 25 por ciento para los gastos de funcionamiento si acreditan que los gastos están ligados al proyecto objeto de la subvención.
Por otro lado, en las subvenciones concedidas para programas de prevención de adicciones en el ámbito comunitario se determinará en la Resolución de concesión la cantidad que se podrá dedicar al pago de alquileres, cuando las entidades necesiten un local para desarrollar la actividad objeto de la subvención.
Los gastos financieros, los de asesoría jurídica o financiera, los notariales y registrales, los periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos, así como los gastos de garantía bancaria, son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma. En ningún caso serán subvencionables los intereses deudores de cuentas bancarias.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia, el beneficiario deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes de subvención se presentarán preferentemente en el Registro Electrónico del Gobierno de Navarra o, en su defecto, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si se optase por presentación presencial o se requiriera asistencia en materia de presentación electrónica, ésta se hará preferentemente en:
-El Registro del Departamento de Salud (Calle Tudela, número 20, de Pamplona), las solicitudes de subvención correspondientes a subvenciones para asociaciones de pacientes y familiares y subvenciones para programas comunitarios en relación con infección por VIH-SIDA.
-El Registro del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (Calle Leyre, 15 de Pamplona), para las restantes subvenciones.