¿PUEDO TENER Y CULTIVAR MARIHUANA?
TENENCIA Y CULTIVO DE CANNABIS
Si conocemos algún consumidor de cannabis, o bien se trata de que somos nosotros mismos los consumidores, lo que deberemos de saber es que en principio, es legal que puedas tener plantas de marihuana para tu auto-consumo.
¿Qué consecuencias legales podemos tener?
En principio, ninguna. Puesto que como hemos dicho, podemos tener plantas de marihuana para nuestro propio consumo.
¿Qué pasa si tenemos más plantas o bien hacemos del cultivo de marihuana una forma de vida?
Primero de todo, decir que ESTO NO LO ACONSEJAMOS OBVIAMENTE, las consecuencias legales pueden ser de diferentes tipos. Para verlo, deberíamos de diferenciar, de acuerdo con la normativa actual, dos situaciones. Una es si te encuentras en la vía pública y otra si estas en un lugar privado como puede ser tu vivienda, por ejemplo.
MARIHUANA EN LA VÍA PÚBLICA.
Si te encuentran consumiendo cualquier clase de sustancia estupefaciente en la vía pública, pero la cantidad no supera la del “consumo propio”, podrás ser sancionado de acuerdo a la ley de seguridad ciudadana. Esto se transforma en una sanción económica de 601 euros, aunque pueden ser sólo 300 euros si se hace “por pronto pago”. Aunque, existirán sanciones más altas si es en caso de reincidencia.
SI SE SUPERA LA CANTIDAD DE 100 gr. DE MARIHUANA o MÁS DE 25 gr. DE HACHÍS, PODRÁS SER DETENIDO O AL MENOS INVESTIGADO PENALMENTE COMO POSIBLE AUTOR DE TRAFICO DE DROGAS.
Esto también pasaría si además, existen indicios como dinero en efectivo, útiles para su cultivo, dosificación, etc. daría más veracidad de que se trata de un delito de tráfico de drogas.
Abogados especialistas en Derecho Penal.